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COMPETENCIA POR INHIBITORIA. SI FUE PROMOVIDA EXTEMPORÁNEAMENTE. DEBE SEGUIR CONOCIENDO EL JUEZ QUE PREVINO.-

Clave: 181 · Registro digital (IUS): 919033 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [J]; 8a. Época; 3a. Sala; Ap. 2000; Tomo VII, Conflictos Competenciales, Jurisprudencia; Pág. 295

Si de acuerdo con el análisis de procedencia previo al estudio del conflicto competencial, se determina que la competencia por inhibitoria fue promovida por la parte demandada fuera del término legal establecido para ello en la legislación aplicable, debe seguir conociendo el Juez que previno, porque de manera estricta dejó de existir el conflicto competencial. De manera que, más que determinar qué Juez resulta competente, como se hace al definir propiamente un conflicto de esta naturaleza, sólo debe determinarse cuál es el Juez que debe continuar conociendo del asunto.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/919033-dd119d54/competencia-por-inhibitoria-si-fue-promovida-extemporaneamente-debe · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Octava Época: Competencia civil 12/93.-Suscitada entre los Jueces Primero de lo Familiar del Distrito de Tlalnepantla, con residencia en Naucalpan, Estado de México y Primero de lo Familiar del Distrito Federal.-15 de marzo de 1993.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Miguel Montes García.-Secretario: Evaristo Coria Martínez. Competencia civil 19/93.-Suscitada entre los Jueces Segundo de lo Civil de León, Guanajuato y Vigésimo Séptimo Civil del Distrito Federal.-19 de abril de 1993.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Miguel Montes García.-Secretario: Evaristo Coria Martínez. Competencia civil 20/93.-Suscitada entre los Jueces Segundo de Primera Instancia de Papantla, Veracruz y de Primera Instancia de lo Familiar de Tijuana, Baja California.-17 de mayo de 1993.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Mariano Azuela Güitrón.-Secretaria: Ma. de Lourdes Ferrer Mac Gregor Poisot. Competencia civil 61/93.-Suscitada entre los Jueces Décimo Cuarto de lo Civil de Tlaquepaque, Jalisco y Cuarto del Ramo Civil de Hermosillo, Sonora.-28 de junio de 1993.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: José Trinidad Lanz Cárdenas.-Secretaria: Susana Alva Chimal. Competencia civil 92/93.-Suscitada entre los Jueces Trigésimo Quinto del Arrendamiento Inmobiliario del Distrito Federal y Séptimo de lo Civil de Naucalpan, Estado de México.-28 de junio de 1993.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Miguel Montes García.-Secretario: Ignacio Navarro Rábago. Apéndice 1917-1995, Tomo VI, Primera Parte, página 108, Tercera Sala, tesis 160; véase la ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XII, septiembre de 1993, página 39.

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