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SEGURO SOCIAL, INSCRIPCIÓN AL RÉGIMEN DEL. TRABAJADORES DE ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS.-

Clave: 96 · Registro digital (IUS): 920659 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice (actualización 2001)
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; Ap. Act. 2001; Tomo V, Trabajo, Jurisprudencia TCC; Pág. 136

Conforme al contenido del artículo decimoctavo transitorio de la Ley del Seguro Social publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 12 de marzo de 1973, tratándose de la incorporación al régimen obligatorio de los trabajadores de empresas descentralizadas y cuyos contratos colectivos de trabajo consignen prestaciones superiores a la ley, se efectuará a partir de la fecha de la aprobación del estudio correspondiente. De lo anterior se sigue que la inscripción al Instituto Mexicano del Seguro Social de los trabajadores al servicio de patrones con las características aludidas, no es inmediata, ya que debe mediar un estudio al respecto, y que éste sea aprobado, para que opere la incorporación correspondiente; y mientras esto no suceda o se pruebe que ya aconteció, el organismo descentralizado estará exento de cumplir con la obligación de la inscripción relativa, y todo lo derivado de ella.

NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/920659-bbfe7e4c/seguro-social-inscripcion-al-regimen-del-trabajadores-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Novena Época: Amparo directo 10159/95.-Adán Reyes Figueroa.-11 de octubre de 1995.-Unanimidad de votos.-Ponente: F. Javier Mijangos Navarro.-Secretario: Carlos Alberto Bravo Melgoza. Amparo directo 10779/95.-Alejandro Gutiérrez Romero.-25 de octubre de 1995.-Unanimidad de votos.-Ponente: Nilda R. Muñoz Vázquez.-Secretario: José Juan Ramos Andrade. Amparo directo 11119/95.-María del Refugio Ochoa Álvarez.-31 de octubre de 1995.-Unanimidad de votos.-Ponente: F. Javier Mijangos Navarro.-Secretario: José Morales Contreras. Amparo directo 2659/96.-Leticia Carolina García Martínez.-20 de marzo de 1996.-Unanimidad de votos.-Ponente: Nilda R. Muñoz Vázquez.-Secretario: José Juan Ramos Andrade. Amparo directo 8299/2000.-Daniel Cordero Gómez.-23 de agosto de 2000.-Unanimidad de votos.-Ponente: Jorge Rafael Olivera Toro y Alonso.-Secretaria: Miryam Nájera Domínguez. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XII, octubre de 2000, página 1243, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis I.9o.T. J/42; véase la ejecutoria en la página 1244 de dicho tomo.

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