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INDIVIDUALIZACIÓN DE LA PENA, EN CASO DE DELITO CALIFICADO; CUANDO EL AMPARO SE CONCEDE PARA LA ELIMINACIÓN DE UNA O MÁS AGRAVANTES, NO CONDUCE A DISMINUIR EL GRADO DE CULPABILIDAD, SI ÉSTE NO SE ESTIMÓ EN RELACIÓN CON EL NÚMERO DE ELLAS.-

Clave: 33 · Registro digital (IUS): 921462 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice (actualización 2002)
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; Ap. Act. 2002; Tomo II, Penal, Jurisprudencia TCC; Pág. 54

Cuando el amparo se concede para el efecto de suprimir alguna o algunas de las calificativas del delito por el que fue condenado el quejoso, por considerar que no se actualizan, la responsable no necesariamente tendrá que disminuir el grado de peligrosidad que fue apreciado en el reo y, en consecuencia, reducir las penas impuestas, si se advierte que el grado de culpabilidad no se obtuvo por el número de ellas y además deberá o deberán persistir otra u otras calificativas.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/921462-c316a981/individualizacion-de-la-pena-en-caso-de-delito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Novena Época: Amparo directo 47/2000.-6 de noviembre de 2000.-Unanimidad de votos.-Ponente: José Manuel Vélez Barajas.-Secretario: Víctor Vicente Martínez Sánchez. Amparo directo 128/2000.-8 de diciembre de 2000.-Unanimidad de votos.-Ponente: Carlos Loranca Muñoz.-Secretario: Juan Gabriel Calvillo Carrasco. Amparo directo 374/2001.-6 de septiembre de 2001.-Mayoría de votos; unanimidad en relación con el tema contenido en esta tesis.-Disidente y Ponente: Carlos Loranca Muñoz.-Secretario: Juan Gabriel Calvillo Carrasco. Amparo directo 499/2001.-6 de diciembre de 2001.-Unanimidad de votos.-Ponente: Carlos Loranca Muñoz.-Secretario: Juan Gabriel Calvillo Carrasco. Amparo directo 537/2001.-24 de enero de 2002.-Unanimidad de votos.-Ponente: José Manuel Vélez Barajas.-Secretario: Jorge Patlán Origel. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XV, abril de 2002, página 1105, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis VI.1o.P. J/27; véase la ejecutoria en la página 1106 de dicho tomo.

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