Corpus
Modo: Corpus Pro

IMPROCEDENCIA. LA AUTORIDAD RESPONSABLE TIENE DERECHO A OFRECER PRUEBAS PARA DEMOSTRARLA, AUNQUE HAYA NEGADO LOS ACTOS RECLAMADOS, SI DICHAS PRUEBAS ESTÁN DESVINCULADAS DE LA NEGATIVA.-

Clave: 21 · Registro digital (IUS): 922479 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Apéndice (actualización 2002)
Localización: [J]; 9a. Época; 2a. Sala; Ap. Act. 2002; Tomo VI, Común, Jurisprudencia SCJN; Pág. 30

De acuerdo con el principio de congruencia que rige el procedimiento del juicio de garantías, la litis constitucional se integra con los planteamientos que formula el quejoso en su demanda, tendentes a demostrar la inconstitucionalidad del acto reclamado, frente al propio acto de autoridad y con los razonamientos que la autoridad responsable exprese para sostener su constitucionalidad, o la improcedencia del juicio. Asimismo, conforme a una de las formalidades esenciales del procedimiento, las partes tienen el derecho de ofrecer y desahogar pruebas; de lo cual se sigue, que la autoridad responsable que niega los actos reclamados y a su vez invoca la improcedencia del juicio de garantías, conforme al derecho que le otorga el párrafo segundo del artículo 149 de la Ley de Amparo, está en posibilidad de ofrecer las pruebas relativas a acreditar tal supuesto por ser una cuestión de orden público.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/922479-b88d96ca/improcedencia-la-autoridad-responsable-tiene-derecho-a-ofrecer · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Novena Época: Contradicción de tesis 38/2000-PL.-Entre las sustentadas por el Primer y Segundo Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Tercer Circuito.-14 de junio de 2002.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Mariano Azuela Güitrón.-Ponente: José Vicente Aguinaco Alemán.-Secretaria: Estela Jasso Figueroa. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XVI, julio de 2002, página 251, Segunda Sala, tesis 2a./J. 69/2002; véase la ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVI, agosto de 2002, página 561.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.