Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se reforman y adicionan diversas…

Artículo 4

Ordenamiento: Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones al Reglamento… · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 4 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 4.

Glosario

1. Para los efectos de este Reglamento se entenderá por:

a) Agrupaciones: Agrupaciones políticas nacionales.

b) Afiliado o militante: persona ciudadana que, en pleno goce y ejercicio de sus derechos político-electorales, se

registra libre, voluntaria e individualmente aun partido político en los términos que para esos efectos disponga

el partido en su normatividad interna, independientemente de su denominación, actividad y grado de

participación.

Folio 1 de 34

c) Alianza Partidaria: Figura mediante la cual dos o más partidos políticos, sin mediar coalición, pueden postular

a una misma candidatura aun cargo de elección en el ámbito local.

d) Avisos de Contratación en Línea: Aplicativo electrónico para que los sujetos obligados presenten la información

de los contratos celebrados y sus modificaciones ante el Instituto.

e) Aspirante: Persona que tiene interés en obtener el apoyo de la ciudadanía para postularse a una candidatura

independiente.

e bis) Aportante: Militante, simpatizante, persona aspirante a una candidatura independiente, precandidaturas,

candidaturas o candidatura independiente que realiza aportaciones en efectivo o especie aun sujeto obligado.

f) Candidatura: persona ciudadana registrada ante el Instituto o ante el Organismo Público Local Electoral por un

partido político o coalición en las modalidades que prevé la Ley de Instituciones.

g) Candidatura Independiente: persona ciudadana que obtiene el registro mediante acuerdo de la autoridad

electoral que corresponda, habiendo cumplido los requisitos que para tal efecto establecen la Ley de

Instituciones y las leyes locales en la materia.

h) Candidatura Común: Figura mediante la cual dos o más partidos políticos, sin mediar coalición, pueden postular

a una misma candidatura aun cargo de elección en el ámbito local.

i) Catálogo de Cuentas: Catálogo único que contiene una lista analítica de las cuentas que integran la

contabilidad de los sujetos obligados, ordenada por niveles de forma escalonada, sistemática y homogénea, el

cual será administrado por el instituto.

CDD: Comités Directivos Distritales u órganos equivalentes de los partidos políticos.

k) CDE: Comités Directivos Estatales u órganos equivalentes de los partidos políticos nacionales, los cuales

dependen de los recursos federales para su operación.

1)

CDM: Comités Directivos Delegacionales o Comités Directivos Municipales de los partidos políticos.

m) CEE: Comité Ejecutivo Estatal u órgano equivalente de los partidos políticos, los cuales reciben prerrogativas

locales para su operación.

n)

CEN: Comité Ejecutivo Nacional u órgano equivalente de los partidos políticos nacionales.

n bis) CEP o Comprobante Electrónico de Pago emitido por el SIFIJE mediante el uso de la e.firma emitida por el

Servicio de Administración Tributaria (SAT) de las personas Responsable de Finanzas, para la comprobación

de los pagos o gratuidad a las personas representantes generales y ante mesas directivas de casilla el día de

la Jornada Electoral.

o) CNBV: Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

p) Coalición total: Aquella en la que los partidos políticos coaligados postulan en un mismo proceso federal o

local, a la totalidad de sus candidaturas a puestos de elección popular bajo una misma Plataforma Electoral.

q) Coalición parcial: Aquella en la que los partidos políticos coaligados postulan en un mismo proceso federal o

local, al menos al cincuenta por ciento de sus candidaturas a puestos de elección popular bajo una misma

Plataforma Electoral.

r) Coalición flexible: Aquella en la que los partidos políticos coaligados postulan en un mismo Proceso Electoral

Federal o Local, al menos aun veinticinco por ciento de candidaturas a puestos de elección popular bajo una

misma Plataforma Electoral.

s) Comisión: Comisión de Fiscalización del Consejo General del Instituto.

s bis) Comprobante Electrónico por Internet o CEI: Comprobante con el cual se sustenta el registro de los ingresos

por financiamiento privado, a través del módulo que para tal efecto ponga a su disposición el Instituto.

t) Complemento INE: Elemento que permite incluir información adicional en el Comprobante Fiscal Digital por

Internet (CFDI) para un sector o actividad específica, permitiendo que la información adicional sea protegida

por el sello digital de la Factura Electrónica.

u) Concentradora: Contabilidad generada para cada partido político o coalición en el Sistema de Contabilidad en

Línea para realizar la dispersión de ingresos y gastos; así como el prorrateo de los gastos para los sujetos

obligados beneficiados durante los procesos de precampaña y campaña.

v) Consejo General: Consejo General del Instituto.

w) Constitución: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

x) Diario Oficial: Diario Oficial de la Federación.

y) Días hábiles: Los días laborables, con excepción de los sábados, los domingos, los no laborables en términos

de ley y aquellos en los que no haya actividad en el Instituto y por horas hábiles las comprendidas entre las

nueve y las dieciocho horas. Cuando no se precise, los días se entenderán como hábiles.

Folio 2 de 34

z) Dispersión de Gastos: Es la distribución de gastos directos provenientes de recursos centralizados, que realiza

la Concentradora a los sujetos obligados.

aa) Dispersión de Ingresos: Son las transferencias en efectivo o especie, de recursos públicos o privados, que

realiza la concentradora, cuyo registro se realiza mediante el Sistema de Contabilidad en Línea, en la

contabilidad de las precandidaturas o candidaturas beneficiadas.

bb) e-firma: antes Firma Electrónica Avanzada (FIEL) que constituye el conjunto de datos y caracteres que permite

la identificación del firmante, que ha sido creada por medios electrónicos bajo su exclusivo control, de manera

que está vinculada únicamente al mismo ya los datos a los que se refiere, lo que permite que sea detectable

cualquier modificación ulterior de éstos, la cual produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa.

cc) Instituto: Instituto Nacional Electoral.

cc bis) Firma: Signo gráfico personal que adopta cada individuo para la manifestación expresa de su voluntad,

plasmada por escrito, o en un dispositivo electrónico, como celular, tableta, computadora o cualquier otra

tecnología. Para efecto de este reglamento, la firma autógrafa electrónica y la firma digital tendrán la misma

validez comprobatoria legal.

dd) Junta Municipal: Son localidades que por su extensión y población no llegaron a ser municipios, pero tienen

una cabecera municipal y dependen del ayuntamiento del municipio.

ee) Ley de Partidos: Ley General de Partidos Políticos.

ff) Ley de Instituciones: Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

gg) Medio electrónico: Archivo digital en formato que permita su lectura y/o manipulación o uso sin restricciones o

candados de seguridad.

gg bis) MRV o Módulos Receptores de Votación son los espacios físicos en donde se instalarán los dispositivos

en los que se recibirán los votos de la ciudadanía residente en el extranjero de manera presencial, por medios

electrónicos a través de Internet, y que estarán ubicados en el extranjero el día de la jornada electoral en las

sedes localizadas dentro de una circunscripción consular.

gg ter) MEC o Mesas de Escrutinio y Cómputo serán los órganos electorales facultados para contar los votos

emitidos por las personas que voten anticipadamente y se integrarán por la ciudadanía seleccionada mediante

sorteo.

gg quarter) Materialidad. Efectiva realización o existencia de la actividad, negocio o acto jurídico para la adquisición

de los bienes o recepción de servicios, según sea el caso; lo cual, implica la comprobación de los egresos a

través de mecanismos que permitan a la autoridad conocer el destino de los recursos de estos, brindando

certeza del destino lícito de las operaciones y que estas no se realicen mediante el empleo de mecanismos

prohibidos por la ley.

hh) NIF: Normas de Información Financiera emitidas por el Consejo Mexicano de Normas de Información

Financiera.

ii)

jj)

Organizaciones de observadores: Organizaciones de observadores electorales en elecciones federales.

Organismos Públicos Locales: Organismos Públicos Locales en materia electoral.

kk) Organización de la ciudadanía: Organización de personas ciudadanas que notifiquen al Instituto el propósito

de obtener su registro como Partido Político Nacional.

II) Organizaciones sociales: Personas morales con personalidad jurídica propia, que pueden ejercer funciones

propias de fundaciones, centros de formación política o institutos de investigación o capacitación y que

coadyuvan con el partido con actividades específicas y capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo

político de las mujeres.

mm)Partidos: Partidos Políticos Nacionales y partidos políticos con registro local.

nn) PAT: Programa Anual de Trabajo.

oo) Persona políticamente expuesta: Las que señale el artículo 95 bis de la Ley General de Organizaciones y

Actividades Auxiliares de Crédito.

pp) Precandidatura: persona ciudadana que conforme a la Ley de Partidos ya los Estatutos de un partido político,

participa en el proceso de selección interna de candidaturas para ser postulado a una candidatura a cargo de

elección popular.

qq) Proveedor en el extranjero: Se entiende todas aquellas personas físicas o morales que no estén obligadas a

emitir comprobantes fiscales conforme a la legislación mexicana.

rr)

RFC: Registro Federal de Contribuyentes.

rr bis) Registro Nacional de Proveedores (RNP): Sistema en línea que permite el registro de las personas físicas y

morales nacionales o extranjeras que vendan, enajenen, arrenden o proporcionen bienes o servicios de manera

onerosa a los partidos políticos, coaliciones, precandidaturas, candidaturas, personas aspirantes a una

candidatura independente o candidaturas independientes.

Folio 3 de 34

ss) Reglamento: Reglamento de Fiscalización.

tt)

Representantes generales y de casilla: personas ciudadanas registradas por los partidos políticos y las

candidaturas independientes ante el Instituto Nacional Electoral u Órgano Electoral Local, para representarlos

en las casillas asignadas, vigilando la legalidad de las actividades desarrolladas durante la Jornada Electoral.

uu) Responsable de finanzas: Órgano o persona responsable de la administración del patrimonio y recursos

financieros y de la presentación de los informes de los sujetos obligados.

uu bis) SIFIJE. Sistema de Fiscalización de la Jornada Electoral, en el cual se realizará la emisión y firmado de

comprobantes de gratuidad y de gastos por concepto de pago a representantes realizados el día de la Jornada

uu ter) SIJE. Sistema informático de recopilación, transmisión, captura y disponibilidad de la información, que

permite dar seguimiento a los aspectos más importantes que se presentan el día de la Jornada Electoral en las

casillas electorales.

Uu quarter) Sistema de Registro de Representantes. Sistema de Registro de Solicitudes, Sustituciones y

Acreditación de Representantes Generales y Ante Mesas Directivas de Casilla de los Partidos Políticos y

Candidaturas Independientes.

vv) UMA: Unidad de Medida y Actualización.

ww) SAE: Servicio de Administración y Enajenación de Bienes Asegurados, ahora Instituto para Devolver al Pueblo

lo Robado (INDEP).

xx) SAT: Servicio de Administración Tributaria.

yy) Secretaría Ejecutiva: Secretaría Ejecutiva del Instituto.

zz) SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

aaa) Simpatizante: Persona que se adhiere espontáneamente aun sujeto obligado, por afinidad con las ideas que

éste postula, sin llegar a vincularse por el acto formal de la afiliación.

bbb) Sistema de Contabilidad en Línea: Sistema de contabilidad en línea de los partidos políticos, coaliciones,

personas aspirantes, precandidaturas, candidaturas y candidaturas independientes que el Instituto ha

denominado Sistema Integral de Fiscalización (SIF).

ccc) SNR o Sistema Nacional de Registro de Precandidatos y Candidatos: Sistema propiedad del Instituto, cuya

administración corresponde a la UTF, con el apoyo de la Unidad Técnica de Vinculación con los OPL y la

Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, que permite realizar el registro de las personas

aspirantes a una candidatura independiente, precandidaturas, candidaturas y candidaturas independientes,

que contiendan para un cargo de elección popular en el ámbito local en procesos electorales ordinarios y

extraordinarios.

Tratándose del ámbito federal, se entenderá que se hace referencia al Sistema de Información de Registro de

Candidaturas Federales (SIRCF), salvo que se señale lo contrario.

ddd) Sujetos obligados: Los señalados en el artículo 3, numeral 1 del Reglamento.

eee) Tipo de campaña: las correspondientes a los tipos de elección en cada ámbito. En el ámbito de elección federal

son: Presidencia de la República, Senadurías y Diputaciones federales; en el ámbito local son: Gubernaturas,

Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, alcaldías, diputaciones locales y presidencias municipales o

ayuntamientos, así como otros cargos que conforme a las legislaciones locales deban ser electos.

fff) Tribunal Electoral: Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

ggg)UIF: Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

hhh)Unidad Técnica: Unidad Técnica de Fiscalización de la Comisión de Fiscalización del Consejo General del

Instituto.

iii) Violencia política contra las mujeres en razón de género: Toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada

en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado

limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres,

el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la

función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las

prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo.

Se entenderá que las acciones u omisiones se basan en elementos de género, cuando se dirijan a una mujer

por ser mujer; le afecten desproporcionadamente o tengan un impacto diferenciado en ella.

Puede manifestarse en cualquiera de los tipos de violencia reconocidos en la Ley General de Acceso de las

Mujeres a una Vida Libre de Violencia y puede ser perpetrada indistintamente por agentes estatales, por

superiores jerárquicos, colegas de trabajo, personas dirigentes de partidos políticos, militantes, simpatizantes,

aspirantes a una candidatura independiente, precandidaturas o candidaturas postulados por los partidos

Folio 4 de 34

políticos o representantes de los mismos, candidaturas independientes, medios de comunicación y sus

integrantes, por un particular o por un grupo de personas particulares.

jjj) Paridad de género: Igualdad política entre mujeres y hombres, se garantiza con la asignación del 50% mujeres

y 50% hombres en candidaturas a cargos de elección popular y en nombramientos de cargos por designación.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 3Índice de la leyArt. 9 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis