Acuerdo del Pleno de la Autoridad Garante del Tribunal Electoral, del Tribunal de Disciplina Judicial y del Ór · Titulo PRIMERO — DISPOSICIONES GENERALES · Capitulo II — Interpretación y modificación de las reglas de operación y funcionamiento
Artículo 4
Artículo 4. La Autoridad Garante será la encargada de la interpretación de las presentes reglas, así como del marco normativo de la materia, la cual se realizará de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley de Transparencia, la Ley de Datos Personales, las resoluciones y criterios obligatorios emitidos por los órganos nacionales e internacionales competentes, privilegiando en todo momento los derechos de acceso a la información pública y de protección de datos personales.
Capítulo III
Principios Rectores
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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ARTICULO 4o. CONSTITUCIONAL. (353)
- ARTICULO 4o. CONSTITUCIONAL. (249)
- AUTORIDADES. (s/clave)
- LEYES, OBLIGATORIEDAD DE LAS. (s/clave)
- REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS. (s/clave)
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