Acuerdo General del Pleno del Órgano de Administración Judicial que establece las disposiciones…
Artículo 1
Artículo 1. En cada uno de los circuitos judiciales habrá coordinaciones de las magistraturas de Circuito y de las personas titulares de los juzgados de Distrito por inmueble o residencia y, en su caso, por materia de especialización, cuando la complejidad del Circuito así lo justifique, de conformidad con la distribución siguiente:
I. Primer Circuito: Una Coordinación de las magistraturas de los Plenos Regionales. Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito en materia Administrativa, incluidos los Especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones; y otra en materias Civil, y de Trabajo. Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito en materia Penal, de las personas titulares de los juzgados de Distrito en materia Penal y de los especializados en Ejecución de Penas. Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y de las personas titulares de los juzgados de Distrito pertenecientes al Centro Auxiliar de Región. Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de apelación en materia Civil, Administrativa y Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones; y otra en materia Penal y de las personas titulares de los Centros de Justicia Penal Federal con residencia en los reclusorios Norte, Oriente y Sur. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en las siguientes materias: Administrativa, incluidos los Especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones; Civil, y de Trabajo; Control de Técnicas de Investigación, Arraigo e Intervención de Comunicaciones pertenecientes al Centro Nacional de Justicia; Concursos Mercantiles, y Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializados en Juicios Orales Mercantiles. Una coordinación de las personas juzgadoras del Tribunal Laboral Federal de Asuntos Colectivos y de los Tribunales Laborales Federales de Asuntos Individuales. (total 12)
II. Segundo Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y de los tribunales colegiados de apelación en Toluca. Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y de las personas titulares de los juzgados de Distrito en Naucalpan. Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y tribunal colegiado de apelación en Nezahualcóyotl. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en Toluca. Una coordinación de las personas titulares del Centro de Justicia Penal Federal en Almoloya de Juárez. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en Nezahualcóyotl. (total 6)
III. Tercer Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y de los tribunales colegiados de apelación en la ciudad de Zapopan. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en las ciudades de Zapopan, y Puente Grande. (total 3)
IV. Cuarto Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito en materias Administrativa, Civil y Penal, y del tribunal colegiado de apelación en la ciudad de Monterrey. Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito en materia de Trabajo y de las personas juzgadoras de los tribunales laborales federales en asuntos individuales en la ciudad de Monterrey. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en materia Administrativa, Penal, Civil y de Trabajo, y Mercantil Federal en la ciudad de Monterrey. Una coordinación de las personas titulares del Centro de Justicia Penal Federal en Cadereyta. (total 4)
V. Quinto Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y tribunal colegiado de apelación en la ciudad de Hermosillo. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en las siguientes ciudades: Hermosillo; Ciudad Obregón; así como en Nogales y Agua Prieta. (total 4)
VI. Sexto Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito en las ciudades de Puebla y San Andrés Cholula. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en Puebla y San Andrés Cholula. (total 2)
VII. Séptimo Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito en la ciudad de Boca del Río. Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y tribunal colegiado de apelación en la ciudad de Xalapa. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito por cada agrupación de las siguientes ciudades: Boca del Río y Córdoba; Poza Rica y Tuxpan; y Xalapa, Emiliano Zapata y Villa Aldama. (total 5)
VIII. Octavo Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito en Saltillo. Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y tribunal colegiado de apelación en la ciudad de Torreón. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito de Saltillo, Monclova y Piedras Negras. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en la ciudad de Torreón. (total 4)
IX. Noveno Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y tribunal colegiado de apelación en la ciudad de San Luis Potosí. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en la ciudad de San Luis Potosí. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en Ciudad Valles. (total 3)
X. Décimo Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y tribunal colegiado de apelación en la ciudad de Villahermosa. Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito en la ciudad de Coatzacoalcos. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en la ciudad de Villahermosa. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en la ciudad de Coatzacoalcos. (total 4)
XI. Decimoprimer Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y tribunal colegiado de apelación en la ciudad de Morelia. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en las ciudades de Morelia y Uruapan. (total 2)
XII. Decimosegundo Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito en la ciudad de Mazatlán. Una coordinación de las magistraturas del Tribunal Colegiado de Circuito y del Colegiado de Apelación en la ciudad de Culiacán. Una coordinación de las magistraturas del tribunal colegiado de Circuito y de las personas titulares de los juzgados de Distrito en la ciudad de Los Mochis. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en la ciudad de Mazatlán. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en la ciudad de Culiacán. (total 5)
XIII. Decimotercer Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y tribunal colegiado de apelación en Oaxaca y San Bartolo Coyotepec. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en las ciudades de Oaxaca y San Bartolo Coyotepec. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en la ciudad de Salina Cruz. (total 3)
XIV. Decimocuarto Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y tribunal colegiado de apelación en Mérida. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en la ciudad de Mérida. (total 2)
XV. Decimoquinto Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito en la ciudad de Mexicali. Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y tribunal colegiado de apelación en la ciudad de Tijuana. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en cada una de las siguientes ciudades: Mexicali, Tijuana y Ensenada. (total 5)
XVI. Decimosexto Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y tribunal colegiado de apelación en la ciudad de Guanajuato. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en cada una de las siguientes ciudades: Guanajuato; Celaya e Irapuato; y León. (total 4)
XVII. Decimoséptimo Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y tribunal colegiado de apelación en la ciudad de Chihuahua. Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y tribunal colegiado de apelación en Ciudad Juárez. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en la ciudad de Chihuahua. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en Ciudad Juárez. (total 4)
XVIII. Decimoctavo Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y tribunal colegiado de apelación en las ciudades de Cuernavaca y Xochitepec. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en las ciudades de Cuernavaca y Xochitepec. (total 2)
XIX. Decimonoveno Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito en Ciudad Victoria. Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y de las personas titulares de los juzgados de Distrito en las ciudades de Reynosa y Nuevo Laredo, y en Tampico. Una coordinación de las magistraturas del tribunal colegiado de apelación y de las personas titulares de los juzgados de Distrito en Matamoros. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en Ciudad Victoria. (total 5)
XX. Vigésimo Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez. Una coordinación de las magistraturas del tribunal colegiado de apelación y de las personas titulares de los juzgados de Distrito en la ciudad de Cintalapa de Figueroa. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en la ciudad de Tapachula. (total 4)
XXI. Vigésimo Primer Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito en la ciudad de Chilpancingo. Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y tribunal colegiado de apelación en la ciudad de Acapulco. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en cada una de las siguientes ciudades: Acapulco, Chilpancingo e Iguala. (total 5)
XXII. Vigésimo Segundo Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y tribunal colegiado de apelación en la ciudad de Querétaro. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en la ciudad de Querétaro. (total 2)
XXIII. Vigésimo Tercer Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y tribunal colegiado de apelación en la ciudad de Zacatecas. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en la ciudad de Zacatecas. (total 2)
XXIV. Vigésimo Cuarto Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y tribunal colegiado de apelación en la ciudad de Tepic. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en la ciudad de Tepic. (total 2)
XXV. Vigésimo Quinto Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y tribunal colegiado de apelación en la ciudad de Durango. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en la ciudad de Durango. (total 2)
XXVI. Vigésimo Sexto Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y tribunal colegiado de apelación en la ciudad de La Paz. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en la ciudad de La Paz. (total 2)
XXVII. Vigésimo Séptimo Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y tribunal colegiado de apelación en la ciudad de Cancún. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en cada una de las siguientes ciudades: Cancún y Chetumal. (total 3)
XXVIII. Vigésimo Octavo Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y tribunal colegiado apelación en la ciudad de Apizaco. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en las ciudades de Tlaxcala y Apizaco. (total 2)
XXIX. Vigésimo Noveno Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y tribunal colegiado de apelación en la ciudad de Pachuca. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en la ciudad de Pachuca. (total 2)
XXX. Trigésimo Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y tribunal colegiado de apelación en la ciudad de Aguascalientes. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en la ciudad de Aguascalientes. (total 2)
XXXI. Trigésimo Primer Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y tribunal colegiado de apelación en la ciudad de Campeche. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en cada una de las siguientes ciudades: Campeche y Ciudad del Carmen. (total 3)
XXXII. Trigésimo Segundo Circuito: Una coordinación de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito y tribunal colegiado de apelación en la ciudad de Colima. Una coordinación de las personas titulares de los juzgados de Distrito en la ciudad de Colima. (total 2)
En las coordinaciones de las magistraturas de los tribunales colegiados de Circuito estarán incluidos los tribunales colegiados del Centro Auxiliar de Región en la localidad donde tenga competencia la coordinación. Asimismo, en las coordinaciones de las personas titulares de los juzgados de Distrito estarán incluidos, según corresponda, los Centros de Justicia Penal Federal, Tribunales Laborales Federales de Asuntos Individuales o juzgados de Centro Auxiliar de Región, en la localidad o residencia donde tenga competencia la propia coordinación.
Las coordinadoras o coordinadores de magistradas o magistrados y de juezas o jueces que sean designados conforme a este Acuerdo serán el enlace con el Órgano de Administración Judicial. Cada persona coordinadora contará con una persona suplente.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL. ESTÁ FACULTADO PARA EXPEDIR ACUERDOS GENERALES Y SU REGLAMENTO INTERIOR. (I.8o.A.65 A)
- ACUERDOS GENERALES DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL. LA CREACIÓN DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES POR ESTE MEDIO NO ES INCONSTITUCIONAL. (1a. LXXVI/2011)
- CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL. NO GUARDA UNA RELACIÓN DE JERARQUÍA NI DE DEPENDENCIA CON LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. (P. XXVI/2010)
- PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL. EL ACUERDO POR EL QUE DESECHA DE PLANO UNA QUEJA O DENUNCIA QUE NO REÚNE LOS ELEMENTOS QUE ACREDITEN UNA CONDUCTA INFRACTORA O LA P (I.4o.A.627 A)
- RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LOS TRIBUNALES DE CIRCUITO Y JUZGADOS DE DISTRITO. LA FACULTAD CONFERIDA AL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL PARA DETER (2a./J. 87/2008 )
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