Acuerdo mediante el cual el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones aprueba y emite… · Titulo SEXTO — CONSIDERACIONES GENERALES · Capitulo IV — CONSIDERACIONES PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES EN LAS LICITACIONES · Seccion II — MEDIOS PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE LA LICITACIÓN
Artículo 105
Artículo 105. Cuando por causas de fuerza mayor o caso fortuito, la Oficialía de Partes o el Domicilio de la Comisión se encuentren cerrados, impidiendo realizar las actividades presenciales previstas en las Disposiciones Marco o en las respectivas Bases de Licitación, la Comisión comunicará a los Interesados, Participantes o Participantes Ganadores, a través de la Plataforma y/o la Mesa de Ayuda de la Licitación, así como mediante publicación en el Portal de Internet de la Comisión, las instrucciones para llevar a cabo dichas actividades.
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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ACCION PENAL. (s/clave)
- ACUERDOS ADMINISTRATIVOS. (s/clave)
- SUPLICA. (s/clave)
- LEYES, OBLIGATORIEDAD DE LAS. (s/clave)
- PROMULGACION DE LAS LEYES. (s/clave)
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