Acuerdo mediante el cual el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones aprueba y emite… · Titulo SEXTO — CONSIDERACIONES GENERALES · Capitulo IV — CONSIDERACIONES PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES EN LAS LICITACIONES · Seccion II — MEDIOS PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE LA LICITACIÓN
Artículo 108
Artículo 108. La Mesa de Ayuda de cada Licitación se encontrará disponible a través de la dirección de correo electrónico institucional que se publique en el Portal de Internet de la Comisión el mismo día de la publicación de la Convocatoria y las Bases de Licitación respectivas, y se encontrará habilitada para:
I. Realizar únicamente las actividades así previstas en las Disposiciones Marco, las Bases de Licitación o aquellas que determinen la DGLE o el Pleno de la Comisión;
II. En su caso, enviar avisos e información relacionados con la Licitación, y
III. Brindar apoyo de carácter orientativo.
La orientación o soporte que, en su caso, se brinde por este medio, no modificará lo establecido en las Disposiciones Marco ni en las Bases de Licitación, ni será vinculante para la Comisión.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ACUERDOS ADMINISTRATIVOS. (s/clave)
- LEGISLATURAS. (s/clave)
- SUPLICA. (s/clave)
- QUEJA. (s/clave)
- LEYES, OBLIGATORIEDAD DE LAS. (s/clave)
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