Acuerdo mediante el cual el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones aprueba y emite… · Titulo SEGUNDO — DESARROLLO DE LAS LICITACIONES · Capitulo III — PROCEDIMIENTO · Seccion VIII — ACTA DE FALLO
Artículo 48
Artículo 48. Con base en los resultados finales del PPO, el Pleno de la Comisión emitirá, dentro del plazo establecido en el Calendario de Actividades de la Licitación, el Acta de Fallo a favor de cada Participante Ganador.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ACLARACION DE LA DEMANDA. (s/clave)
- VIOLACIONES PROCESALES, OPORTUNIDAD PARA ALEGARLAS. (s/clave)
- PROCESOS. (s/clave)
- FALLO. (s/clave)
- ACCION PENAL. (s/clave)
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