Acuerdo mediante el cual el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones aprueba y emite… · Titulo CUARTO — VALORES MÍNIMOS DE REFERENCIA Y GARANTÍA DE SERIEDAD · Capitulo II — GARANTÍA DE SERIEDAD · Seccion II — LIBERACIÓN
Artículo 82
Artículo 82. En ninguno de los supuestos señalados en el artículo anterior, la Comisión reembolsará ni indemnizará a los Interesados, Participantes o Participantes Ganadores por gastos en los que hayan incurrido en virtud de su interés o participación en la Licitación.
SECCIÓN III
EJECUCIÓN
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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- COSTAS EN EL PROCESO. (s/clave)
- LEYES, OBLIGATORIEDAD DE LAS. (s/clave)
- CONTRATOS. (s/clave)
- FUERO CONSTITUCIONAL. (s/clave)
- EXCLUYENTES. (s/clave)
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