Acuerdo por el cual se publica el Reglamento de Estudios de Posgrado del Centro de Investigaciones Biológicas… · Capitulo IV — Requisitos académicos y trámites escolares.
Artículo 38
Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 38. Examen de Defensa de Tesis.
Para tener derecho a examen de grado el alumno deberá cumplir con el Listado de Requisitos
de Egreso (LRE) establecido por la Dirección de Posgrado, que puede consultarse en línea y/o
en el Departamento de Control Escolar.
El examen de defensa de tesis o examen de grado es el que sustenta el estudiante que ha
concluido su Plan de Estudios y/o PTI y consiste en la presentación y discusión, ante un jurado
calificado, del trabajo de investigación desarrollado en forma de tesis.
Los exámenes de grado serán públicos y deberán ser sustentados ante un jurado, en el caso
del Doctorado integrado por cinco sinodales, dos externos al CIBNOR; y en el caso de la
Maestría tres sinodales, uno externo al CIBNOR.
En el caso de que algún(os) miembro(s) del jurado no pueda(n) asistir al examen de grado, se
buscará su participación vía videoconferencia o, en su defecto, podrá (n) ser sustituido(s) por
hasta dos suplentes en el caso de Doctorado y uno en el caso de Maestría. Los suplentes
podrán ser propuestos por el Director o Co-Directores de tesis y el alumno, y deberán cumplir
con los requisitos para ser Tutor ( Artículo 48).
El Director de Estudios de Posgrado, designará al Presidente, Secretario y Vocal(es) del jurado
de examen de grado. El Presidente deberá pertenecer a la planta académica del CIBNOR, y
en ningún caso será el Director o Co-Director de Tesis. Se recomienda que sea el miembro de
mayor experiencia académica.
El examen consiste en: (1) presentación oral de la tesis por parte del estudiante, de preferencia
en un lapso no mayor a 40 minutos; (2) sesión de preguntas y respuestas por parte de los
miembros del jurado y el estudiante; (3) deliberación en privado por parte del Jurado, y (4) dar
a conocer el dictamen del Jurado y, en su caso, la toma de protesta por parte de su Presidente.
Durante la deliberación en privado, los integrantes del jurado votarán si se aprueba o no se
aprueba el examen; bastará la mayoría para determinar el resultado de este último, La
Av. Instituto Politecnico Nacional No. 195, Playa Palo de Santa Rita Sur, CP, 23096, La Paz. B.C.S, Méxica
Tel: (52) 612 1238484 www.cibner.gob.mo
aprobación del examen de grado dará derecho al alumno a que el Centro le expida el diploma
de grado y el certificado correspondientes.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- MAESTRO DE SEGUNDA ENSEÑANZA, EXAMEN PROFESIONAL PARA OBTENER EL TITULO DE. (s/clave)
- UNIVERSIDADES. LA VIOLACIÓN AL CICLO ESCOLAR SÓLO ES OPONIBLE A SUS ALUMNOS HASTA ANTES DE LA APROBACIÓN DEL EXAMEN PROFESIONAL. (I.7o.A.228 A )
- PRUEBA CONFESIONAL. SI ANTES DE RATIFICAR Y FIRMAR EL ACTA RESPECTIVA EL ABSOLVENTE ACLARA SUS RESPUESTAS, AL SER VALORADA POR LA JUNTA, ÉSTA NO DEBE CONSIDERAR COMO CONFESIÓN UNA (I.13o.T.14 L (10a.))
- PRUEBA CONFESIONAL EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. EVENTUALMENTE PUEDE EXHIBIRSE CON POSTERIORIDAD A LA AUDIENCIA, EL DOCUMENTO CON EL QUE SE PRETENDA JUSTIFICAR EL IMPEDIMENTO PARA A (131)
- INSTITUTO DE CAPACITACIÓN DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. LA BAJA DE UNO DE SUS ALUMNOS, POR NO ACREDITAR LA PRUEBA DEL POLÍGRAFO, NO ES ILEGAL. (I.7o.A.86 A )
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