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PRUEBA CONFESIONAL. SI ANTES DE RATIFICAR Y FIRMAR EL ACTA RESPECTIVA EL ABSOLVENTE ACLARA SUS RESPUESTAS, AL SER VALORADA POR LA JUNTA, ÉSTA NO DEBE CONSIDERAR COMO CONFESIÓN UNA RESPUESTA AFIRMATIVA QUE FUE OBJETO DE ACLARACIÓN.

Clave: I.13o.T.14 L (10a.) · Registro digital (IUS): 2000432 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro VI, Marzo de 2012; Tomo 2; Pág. 1340

De conformidad con las fracciones III, V y VI del artículo 790 de la Ley Federal del Trabajo, en el desahogo de la prueba confesional el absolvente, bajo protesta de decir verdad, responderá por sí mismo, de palabra, y contestará las posiciones que se le articulen, previamente calificadas de legales, afirmando o negando, pudiendo agregar las explicaciones que estime pertinentes o que solicite la Junta, y en el acta que al efecto se levante, con base en el artículo 721 de la mencionada ley, se harán constar sus respuestas; de ahí que si conforme a este numeral las actas deben signarse por quienes intervinieron en la diligencia respectiva, y el absolvente antes de ratificar lo escrito y firmar su declaración formula aclaraciones relacionadas con las respuestas dadas a los cuestionarios de que haya sido objeto, y la Junta acuerda de conformidad, al ser valorada esa probanza debe atenderse a la corrección realizada por el absolvente, sin considerar como confesión una respuesta afirmativa que fue objeto de aclaración.

DÉCIMO TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2000432-df512986/prueba-confesional-si-antes-de-ratificar-y-firmar · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 1094/2011. 7 de noviembre de 2011. Mayoría de votos. Disidente: José Manuel Hernández Saldaña. Ponente: Héctor Landa Razo. Secretaria: Griselda Lupita Reyes Larrauri.

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