Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Código Administrativo

Artículo 12.40

Ordenamiento: Código Administrativo · Ámbito: Estado de México
Última reforma: 2026-09-25

Vigencia verificada: 30 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 12.40.- Los derechos y obligaciones que se deriven de los contratos no podrán cederse

en forma parcial o total, con excepción de los derechos de cobro sobre las estimaciones por

trabajos ejecutados, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de la dependencia,

entidad o ayuntamiento.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 12.39Índice de la leyArt. 12.41 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis