Artículo 12.68
Vigencia verificada: 30 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 12.68.- El escrito de inconformidad deberá contener los datos siguientes:
I. Nombre del inconforme o de quien promueva en su representación;
II. Domicilio en el Estado de México o correo electrónico para recibir notificaciones;
III. Número del concurso, nombre de la obra o servicio y el motivo de inconformidad;
IV. La fecha de celebración del acto de adjudicación o de la notificación del fallo;
V. Bajo protesta de decir verdad, los hechos que sustenten la inconformidad;
VI. Las disposiciones legales violadas, de ser posible;
VII. Las pruebas que ofrezca;
VIII. La solicitud de suspensión del acto motivo de inconformidad, en su caso.
El inconforme deberá adjuntar a su escrito el documento que acredite su personalidad, cuando no
gestione a nombre propio, así como los documentos que ofrezca como prueba.
Las pruebas y otros documentos podrán presentarse en formato físico o electrónico. Para el caso
de la entrega de documentos electrónicos, si el funcionario encargado de la tramitación de la
inconformidad tiene un motivo fundado de que los documentos electrónicos anexados son falsos,
deberá requerir al interesado para que en un plazo no mayor a cinco días hábiles, el
solicitante acuda a la oficina de la Contraloría más cercana a su domicilio o a las oficinas
del ayuntamiento correspondiente, para que se realice el cotejo de los documentos físicos con
los otorgados vía electrónica.
Si los solicitantes otorgan documentos falsos, ya sea en formatos físicos o digitales, el
funcionario encargado de la tramitación de la inconformidad deberá dar vista al Ministerio
Público para los efectos conducentes.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- INCONFORMIDAD. DEBE DECLARARSE SIN MATERIA SI DURANTE SU TRAMITACIÓN SE DEMUESTRA EL CUMPLIMIENTO DE LA EJECUTORIA. (2a. IV/99)
- INCONFORMIDAD. EL ARTÍCULO 65, FRACCIONES I Y III, TERCER PÁRRAFO, DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO NO VIOLA LA GARANTÍA DE ACCESO A LA JUS (2a. LXVII/2006)
- ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. LA INCONFORMIDAD PREVISTA EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY RELATIVA NO PROCEDE CONTRA ACTOS EMITIDOS DENTRO DEL PROCEDIMIEN (1)
- ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. LA INCONFORMIDAD PREVISTA EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY RELATIVA NO PROCEDE CONTRA ACTOS EMITIDOS DENTRO DEL PROCEDIMIEN (2a./J. 187/2009 )
- ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. LA INCONFORMIDAD PREVISTA EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY RELATIVA NO ES PROCEDENTE CONTRA ACTOS EMITIDOS DENTRO DEL PROCE (I.15o.A.138 A )
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