Artículo 14.21
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Artículo 14.21.- Los informantes deberán proporcionar con veracidad y oportunidad, los datos
geográficos, estadísticos y catastrales que les sean solicitados por las autoridades
competentes en la materia.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- INFORME CON JUSTIFICACION. (s/clave)
- INFORME JUSTIFICADO. (s/clave)
- DEMANDA DEL INFORME CON JUSTIFICACION. (s/clave)
- CONSIGNACION DE LAS AUTORIDADES RESPONSABLES. (s/clave)
- INFORME CON JUSTIFICACION. (s/clave)
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