Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Código Administrativo

Artículo 19.14

Ordenamiento: Código Administrativo · Ámbito: Estado de México
Última reforma: 2026-09-25

Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 19.14.- Los integrantes de las asociaciones deberán contar con la certificación de

prestador de servicio inmobiliario tratándose de personas físicas, o estar inscritas en el

Registro, para el caso de las personas jurídico colectivas.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 19.13Índice de la leyArt. 19.15 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis