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CÓDIGO ADMINISTRATIVO

Artículo 3.71

Ordenamiento: CÓDIGO ADMINISTRATIVO · Ámbito: Estado de México
Última reforma: 2026-09-02

Vigencia verificada: 22 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 3.71.- El retiro del reconocimiento de validez oficial se referirá a los estudios que

se impartan a partir de la fecha en que se dicte la resolución. Los realizados en el lapso en

que la institución contaba con reconocimiento, mantendrán su validez oficial.

La Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación adoptará las medidas que sean

necesarias para evitar perjuicios a los educandos.

Fuente oficial: consultar publicación

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