Código Civil del Estado de Aguascalientes
Artículo 187
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 187. - La sentencia que declara la ausencia de alguno de los cónyuges,
modifica o suspende la sociedad conyugal en los casos señalados en este Código.
(REFORMADO,
Fuente oficial: consultar publicación
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