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Modo: Corpus Pro

Código Civil del Estado de Aguascalientes

Artículo 2534

Ordenamiento: Código Civil del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-09-21

Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 2534.- A falta de convenio expreso, se observará la costumbre del lugar, ya

sobre el importe del precio de los gastos, ya sobre el tiempo en que haya de hacerse

el pago.

Fuente oficial: consultar publicación

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