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Modo: Corpus Pro

Código Civil del Estado de Aguascalientes

Artículo 2562

Ordenamiento: Código Civil del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-09-21

Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 2562. - Por el contrato de sociedad los socios se obligan mutuamente a

combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización de un fin común, de

carácter preponderantemente económico, pero que no constituya una especulación

comercial.

Fuente oficial: consultar publicación

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