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Código Civil del Estado de Aguascalientes

Artículo 347 Ter

Ordenamiento: Código Civil del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-09-21

Vigencia verificada: 30 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 347 Ter.- Los integrantes de la familia están obligados a evitar conductas

que generen violencia familiar. Por violencia familiar se entenderá todo acto u

omisión, encaminado a dominar, someter, controlar o agredir física, verbal,

psicoemocional, patrimonial, psico lógica, sexual o económicamente a cualquier

integrante de la familia que tenga por objeto causar daño, sufrimiento, dentro o fuera

del domicilio familiar; independientemente de que pueda producir o no lesiones.

Para efectos de este artículo, se entiende por integrante de la familia a la persona

que se encuentre unida a otra por una relación de hecho, matrimonio, concubinato

CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES

Última actualización: 15/12/2025.

o por un vínculo de parentesco consanguíneo, o de afinidad en línea recta

ascendente o descendente sin limitación de grado, colateral.

También se considera como violencia familiar la conducta inquisitiva y reiterada de

uno de los integrantes de la familia para con otro, cuando sea grave y por ende

motivo de inestabilidad emocional o perturbe su actividad cotidiana.

De igual manera, com ete violencia familiar el integrante de la familia que lleve a

cabo la conducta de alienación parental, según se define en el artículo 434 del

presente Código o incumpla con las obligaciones alimentarias por parte de la

persona que de conformidad con lo di spuesto en este Código tiene obligación de

cubrirlas.

Queda prohibido que los padres o quienes ejercen la tutela, patria potestad, guarda

y custodia o convivencia, así como cualquier miembro de la familia, utilice como

método correctivo o disciplinario, e l castigo corporal entendido como el uso de la

fuerza física.

(ADICIONADO, P.O. 19 DE JUNIO DE 2023)

Fuente oficial: consultar publicación

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