Código Civil del Estado de Aguascalientes
Artículo 972
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 972.- La reparación y reconstrucción de las paredes de propiedad común y
el mantenimiento de los vallados, setos vivos, zanjas, acequias, también comunes,
se costearán proporcionalmente por todos los dueños que tengan a su favor la
copropiedad.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- COPROPIEDAD, FRUTOS, PRODUCTOS, INVERSIONES Y GASTOS EN LA. AJUSTE O LIQUIDACION. (s/clave)
- CONSTRUCCIONES. (s/clave)
- CONSTRUCCIONES EN PREDIOS HABIDOS EN COPROPIEDAD (DERECHO DE ACCESION). (s/clave)
- OBRAS DE IRRIGACION. (s/clave)
- CONSTRUCCIONES EN TERRENO AJENO. (s/clave)
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