Artículo 1169
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 1169.- Las causas que interrumpen la prescripción respecto de uno de los deudores solidarios, la interrumpen también respecto de los otros.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PRESCRIPCIÓN A FAVOR DE LOS DEUDORES SOLIDARIOS, INTERRUPCIÓN DE LA.- (361)
- PRESCRIPCION A FAVOR DE LOS DEUDORES SOLIDARIOS, INTERRUPCION DE LA. (s/clave)
- DEUDORES SOLIDARIOS, EXCEPCIONES DE LOS. (s/clave)
- OBLIGACIONES, EFECTO DE LA DIVISION DE LAS. (s/clave)
- DEUDORES SOLIDARIOS, PRESCRIPCION A FAVOR DE LOS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis