Artículo 1303
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 1303.- Si un testamento se pierde por un evento ignorado por el testador, o por haber sido ocultado por otra persona, podrán los interesados exigir su cumplimiento si demuestran plenamente el hecho de la pérdida o de la ocultación, logran igualmente comprobar lo contenido en el mismo testamento y que en su otorgamiento se llenaron todas las formalidades legales.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- TESTAMENTOS. (s/clave)
- TESTAMENTOS, IMPUGNACION DE LOS, POR MEDIO DE TESTIGOS. (s/clave)
- TESTAMENTOS, NULIDAD Y REVOCACION DE LOS. (s/clave)
- TESTAMENTOS, REQUISITOS DE LOS TESTIGOS QUE INTERVIENEN EN LOS. (s/clave)
- TESTAMENTOS, ACCION DE NULIDAD DE LOS. (s/clave)
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