TESTAMENTOS.
Si en ellos se llenan los requisitos de forma que la ley exige, el orden que se haya seguido para llenarlos, en nada vicia la legalidad del testamento. Además, no es indispensable que el notario certifique que el testador, al otorgar el testamento, se hallaba en su cabal juicio y libre de toda coacción, pues lo que la ley civil previene, es que tanto el notario como los testigos, "deberán conocer al testador o certificarse de algún modo de su identidad, de que se hallaba en su cabal juicio, y libre de toda coacción", y como certificarse es lo mismo que asegurarse, si en el instrumento consta que el notario y los testigos se aseguraron de que el testador obrara con absoluta libertad y tenía perfecto conocimiento del acto, están llenadas a este respecto, las exigencias de la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/280022-8993b697/testamentos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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