Artículo 1349
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 1349.- Es nula la institución hecha bajo la condición de que el heredero o legatario hagan en su testamento alguna disposición en favor del testador o de otra persona.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- TESTAMENTO, NULIDAD DE LA CLAUSULA FIDEICOMISARIA EN EL. (s/clave)
- TESTAMENTO. (s/clave)
- LEGADO INSUBSISTENTE. (s/clave)
- LEGADOS, NULIDAD DE LOS, PROCEDIMIENTO A SEGUIR, TRATANDOSE DE. (s/clave)
- TESTAMENTOS INOFICIOSOS. (s/clave)
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