Código Civil para el Estado de San Luis Potosí · Libro PRIMERO — DE LAS PERSONAS · Titulo PRIMERO — De las Personas Físicas
Artículo 19.7
Vigencia verificada: 12 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ART. 19.7.- La manuscripción y el estampar las huellas digitales constituyen conjunta o
separadamente otras formas de identificar a sus autores por medio de los métodos científicos.
(ADICIONADO,
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- HUELLAS DIGITALES. (s/clave)
- DERECHOS DE AUTOR, DERECHOS QUE PROTEGE LA LEY FEDERAL DE. (s/clave)
- ESCRITURAS PUBLICAS. (s/clave)
- RENUNCIA. SI EL ESCRITO QUE LA CONTIENE CALZA FIRMA Y HUELLA DACTILAR, Y EN EL JUICIO LABORAL SÓLO SE OBJETA EN CUANTO A LA AUTENTICIDAD DE SU CONTENIDO Y FIRMA, PERO NO RESPECTO A (I.13o.T.129 L)
- ESCRITURAS PUBLICAS (s/clave)
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