Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Artículo 844
Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
⚠️ Este artículo está derogado o no vigente.
ARTICULO *844.- Derogado
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SUCESIONES, GASTOS URGENTES DE LAS. (s/clave)
- BIENES HEREDITARIOS, VENTA DE LOS. JUICIOS SUCESORIOS (LEGISLACION DE ESTADO DE MEXICO). (s/clave)
- ALBACEAS, OBLIGACIONES DE LOS (LEGISLACION DE NUEVO LEON). (s/clave)
- ALBACEA. OBLIGACION LEGAL DE RENDIR CUENTAS (LEGISLACION DEL ESTADO DE ZACATECAS). (s/clave)
- SUCESIONES, VENTA DE BIENES DE LAS (LEGISLACION DE ZACATECAS). (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis