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Modo: Corpus Pro

Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos

Artículo 989

Ordenamiento: Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-28

Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTICULO 989. - JUSTIFICACION DE LOS GASTOS POR EL POSEEDOR. El

poseedor debe justificar el importe de los gastos a que tenga derecho, en caso de

duda se tasarán aquéllos por peritos.

Fuente oficial: consultar publicación

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