Código de Ética de las personas servidoras públicas de la Comisión Federal de Electricidad y personas… · Capitulo II — Política de Tolerancia Cero a la Corrupción
Artículo 4
Artículo 4. La política de tolerancia cero a la corrupción en la CFE y sus Empresas Filiales, se establece en:
I. Reconocer que la corrupción debilita la legitimidad de las instituciones públicas y lesiona la credibilidad en las mismas, atenta contra la sustentabilidad de la empresa y la sociedad en su conjunto.
II. Comprometer a realizar acciones necesarias a fin de prevenir, detectar y combatir las prácticas de corrupción en el quehacer cotidiano, toda vez que constituyen un impacto nocivo para grupos históricamente vulnerables, así como un impacto diferenciado hacia las mujeres.
III. Rechazar cualquier tipo de corrupción, soborno, fraude, peculado, concusión, cohecho o cualquier otra práctica o acción deshonesta, por lo que se establecen estrategias preventivas, de denuncia, así como mecanismos de control interno que se conducen con apego a los principios, directrices de ética e integridad pública, conductas esperadas y también prohibidas, valores institucionales y comportamientos clave contenidos en este Código de Ética.
IV. Detectar actos de corrupción y canalizarlos a la instancia correspondiente para su investigación y eventual sanción, de conformidad con el marco legal vigente.
V. Establecer compromisos éticos en las relaciones de negocios, comerciales o de cualquier otra naturaleza legal, y prevenir los actos de corrupción y rechazando las prácticas de soborno, fraude, competencia desleal y cualquier otra práctica deshonesta o acción que contravenga leyes nacionales, tratados internacionales o estándares extranjeros.
VI. Identificar las mejores prácticas nacionales e internacionales de prevención y combate a la corrupción con perspectiva de género, y adoptarlas cuando exista la viabilidad para su implementación.
VII. Abstenerse de hacer o recibir cualquier forma de pago ilícito, con la intención de obtener cualquier tipo de ventaja derivada de alguna relación de negocio o de la relación con alguna persona que integre el equipo de trabajo.
VIII. Abstenerse de participar en campañas políticas, movimientos sociales o religiosos en ya nombre de la CFE y sus Empresas Filiales. Sin que ello menoscabe el reconocimiento, respeto a la libertad y diversidad de pensamiento y cultura, así como el derecho que tienen las personas servidoras públicas de la Comisión Federal de Electricidad, y personas empleadas de las Empresas Filiales fuera del ámbito laboral, en participar en ese tipo de actividades. Por lo que se deberá entender que cualquier actividad política, social o religiosa es en todo momento, a título personal.
IX. No realizar, ofrecer o aceptar pagos o beneficios con el fin de agilizar algún servicio. Desaprobando el recibir cualquier tipo de regalo, donativo, dádiva, bien o privilegio alguno que pudiera interpretarse como un trato de favor y que comprometa el desempeño imparcial y honesto del personal. O bien que beneficien a su persona o familiares hasta el cuarto grado de parentesco por consanguinidad o afinidad.
X. Prevenir cualquier situación de conflicto de intereses, lo que significa aquella situación en la que los intereses personales, familiares o de negocios puedan afectar el desempeño imparcial de las personas servidoras públicas de la CFE y personas empleadas de las Empresas Filiales.
XI. En el caso de identificar algún conflicto de intereses, se deberá informar y gestionar ante las autoridades competentes, a fin de no actuar la actuación bajo este supuesto.
XII. Conducirse conforme a los valores de Integridad, Productividad y Responsabilidad, con base en los principios de la CFE, teniendo un desempeño Transparente, Honesto, Eficiente, Equitativo, con Responsabilidad Social, de Rendición de Cuentas y Sostenibilidad, siendo agentes de cambio a favor de una Cultura de la Legalidad en beneficio de México y de la CFE.
XIII. Comprometer el cumplimiento a lo establecido en este Código de Ética, refrendando el compromiso de forma anual a través de los mecanismos que para tal efecto establezca la Comisión de Ética e Integridad Pública.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- COMPETENCIA. LA TIENE, PARA IMPONER SANCIONES A SUS SERVIDORES PÚBLICOS, EL TITULAR DE DENUNCIAS Y RESPONSABILIDADES DE LA CONTRALORÍA INTERNA DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDA (I.4o.A.316 A )
- COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. ESTÁ LEGITIMADA PARA PROMOVER AMPARO DIRECTO CONTRA LA SENTENCIA DEL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO EN EL QUE IMPUGNÓ LAS MULTAS IMPUESTAS POR (I.4o.A.124 A (10a.))
- COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD, NO PARTICIPA DE LOS DESCUENTOS EN LAS VIAS GENERALES DE COMUNICACION. (s/clave)
- COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. AL SER UNA EMPRESA PRODUCTIVA DEL ESTADO, PROPIEDAD DEL GOBIERNO FEDERAL, ANTE ÉSTA PUEDE PRESENTARSE UNA RECLAMACIÓN DE INDEMNIZACIÓN POR RESPONS (VI.2o.A.18 A (10a.))
- COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. ES AUTORIDAD RESPONSABLE PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO, CUANDO SE LE RECLAMA LA NEGATIVA A CELEBRAR UN CONTRATO DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCT (XVI.1o.A.176 A (10a.))
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis