Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Código de Justicia Militar · Libro PRIMERO — De la organización y competencia · Titulo CUARTO — De la organización de la Defensoría de Oficio Militar · Capitulo I — Disposiciones preliminares

Artículo 50

Ordenamiento: Código de Justicia Militar · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-07-16

Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 50.- La defensa pública de calidad a que se refiere el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a los imputados por delitos de la competencia del fuero militar, estará a cargo de la Defensoría de Oficio Militar.

Artículo reformado DOF 16-05-2016

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 49 BisÍndice de la leyArt. 51 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis