Código de Justicia Militar · Libro derogado — DOF 16-05-2016 · Titulo derogado — DOF 16-05-2016 · Capitulo III — , del Título Segundo del Libro Tercero; SE ADICIONAN la fracción XIV al artículo 83, recorriéndose la actual XIV para ser XV, el artículo 152 Bis, una fracción V al artículo 423, un último párrafo al artículo 439, el artículo 439 Bis, la fracción V al artículo 492, un último párrafo al artículo 803, y un último párrafo al artículo 804; y SE DEROGA la fracción I del artículo 47, del Código de Justicia Militar, para quedar como sigue:
Artículo Transitorio TERCERO
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
TERCERO.- Se derogan todas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas que se opongan a este Decreto.
México, D.F., 14 de julio de 1994.- Dip. Enrique Chavero Ocampo, Presidente.- Sen. Ricardo Monreal Avila, Presidente.- Dip. José Raúl Hernández Avila, Secretario.- Sen. Israel Soberanis Nogueda, Secretario.- Rúbricas".
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del
Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veinte días del mes de julio de mil novecientos noventa y cuatro.- Carlos Salinas de Gortari.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Jorge Carpizo.- Rúbrica.
DECRETO por el que se reforman diversos ordenamientos legales.
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 1998
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