Código de Organización del Poder Judicial del Estado de Chiapas
Artículo 102
Vigencia verificada: 4 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Son funciones del Secretario de Causas del Juzgado, adscrito a la
Jefatura de Control y Seguimiento de Causas:
I. Presentar propuesta de proyecto de acuerdo al Juez de Control y
Tribunal de Enjuiciamiento, en el término de 24 horas contadas a partir
de que le sea turnada una promoción, con excepción de los asuntos de
término, en cuyo caso dará atención inmediata.
II. Recibir información de los notificadores, del cumplimiento de sus
comunicaciones, así como de las promociones verbales realizadas al
momento de la notificación, debiendo a su vez informar de manera
inmediata de ellas a la Jefatura de Control y Seguimiento de Causas.
III. Auxiliar al Juez durante el desarrollo de las audiencias, quedando bajo su
mando y dirección durante ellas y con posterioridad en todo lo referente
al cumplimiento y tramitación de sus determinaciones.
IV. Elaborar la propuesta de proyecto de providencia o auto, asignado por el
Juez, en los términos y lineamientos que estos últimos le indiquen.
V. Elaborar las propuestas de proyecto de sentencia asignado por el Juez,
en los términos y lineamientos que estos últimos le indiquen.
VI. Cumplir con las encomiendas que le delegue el Jefe de Control y
Seguimiento de Causas, respecto de las facultades que originalmente le
son atribuidas.
VII. Suplir las ausencias del Jefe de Control y Seguimient o de Causas, en el
orden que estos últimos lo determinen.
VIII. Llevar un libro de control de causas de los asuntos que les sean
encomendados a fin de registrar las fechas de recepción y devolución de
las mismas.
IX. Mantener actualizados los sistemas informáticos que apruebe el Consejo
de la Judicatura con la información que se genere en el órgano
jurisdiccional, en el ámbito de su competencia.
X. Las demás que le confiera el Consejo de la Judicatura, el presente
código y el Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura.
Artículo 103.
Fuente oficial: consultar publicación
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