Código Electoral para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Artículo 192
Vigencia verificada: 11 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 192.
1. La distribución o colocación de la propaganda electoral deberá respetar los tiempos legales que se establezcan para cada
caso, su retiro o fin de su distribución deberá efectuarse tres días antes de la jornada electoral.
2. En el caso de la propaganda colocada en vía pública, deberá retirarse durante los siete días posteriores a la conclusión de
la jornada electoral.
3. La omisión en el retiro o fin de distribución de la propaganda, serán sancionados conforme a este Código.
Fuente oficial: consultar publicación
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis