Código Electoral para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Artículo 193
Vigencia verificada: 28 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 193.
1. En el año en que se renueve el Poder Ejecutivo, Legislativo y Ayuntamientos, tendrán una duración de sesenta días.
(REFORMADO, 23 DE JULIO DE 2019)
2. Las campañas en que se renueve el Poder Legislativo, tendrán una duración de treinta días.
3. Las campañas en que se renueve el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo, tendrán una duración de 60 días.
4. Las campañas en que se renueve el Poder Ejecutivo o Ayuntamientos en concurrencia con elecciones federales, tendrán
una duración de sesenta días.
5. Las campañas concluirán tres días antes de celebrarse la jornada electoral.
6. El día de la jornada electoral y durante los tres días anteriores, no se permitirá la celebración ni la difusión de reuniones o
actos públicos de campaña, de propaganda o de proselitismo electorales.
Fuente oficial: consultar publicación
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