Código Electoral para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Artículo 196
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 196.
1. Las publicaciones de las listas de integrantes de las mesas directivas y ubicación de las casillas se fijarán en los edificio s y
lugares públicos más concurridos del municipio y en los medios electrónicos de que disponga el Instituto.
(REFORMADO,
2. El día de la jornada electoral, la ubicación de las casillas electorales deberá ser dada a conocer a la ciudadanía mediante l a
colocación de señales claramente visibles en los lugares en que se haya determinado su instalación.
CAPÍTULO QUINTO
DEL REGISTRO DE REPRESENTANTES
(REFORMADO,
Fuente oficial: consultar publicación
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