Código Electoral para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Artículo 263
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 263.
(REFORMADO,
1. Constituyen infracciones de las y los aspirantes y candidaturas independientes a cargos de elección popular al presente
Código:
a) El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley General y este Código;
b) La realización de actos anticipados de campaña;
c) Solicitar o recibir recursos en efectivo o en especie, de personas no autorizadas por la Ley General y este Código;
d) Liquidar o pagar, así como aceptar la liquidación o el pago de actos u operaciones mediante el uso de efectivo o metales
y piedras preciosas;
e) Utilizar recursos de procedencia ilícita para el financiamiento de cualquiera de sus actividades;
f) Recibir aportaciones y donaciones en efectivo, así como metales y/o piedras preciosas de cualquier persona física o
moral;
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(REFORMADO,
g) No presentar los informes que correspondan para obtener el apoyo de la ciudadanía y de campaña establecidos en la
Ley General y este Código;
(REFORMADO,
h) Exceder el tope de gastos para obtener el apoyo de la ciudadanía y de campaña establecidos;
i) No reembolsar los recursos provenientes del financiamiento público no ejercidos durante las actividades de campaña;
j) El incumplimiento de las resoluciones y acuerdos del Instituto Nacional o del Instituto;
k) La contratación, en forma directa o por terceras personas, de tiempo en cualquier modalidad en radio o televisión;
l) La obtención de bienes inmuebles con recursos provenientes del financiamiento público o privado;
m) La difusión de propaganda política o electoral que contenga expresiones que calumnien a las personas, instituciones o
los partidos políticos;
n) La omisión o el incumplimiento de la obligación de proporcionar en tiempo y forma, la información que les sea solicitada
por los órganos del Instituto Nacional o del Instituto, y
o) El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones contenidas en la Ley General, este Código; y demás disposiciones
aplicables.
(ADICIONADO,
Fuente oficial: consultar publicación
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