Código Electoral para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Artículo 278
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 278.
1. Los procedimientos sancionadores se clasifican de la siguiente manera:
a) Procedimiento Sancionador Ordinario: los cuales se pueden instaurar por faltas cometidas dentro y fuera de los procesos
electorales, y
b) Procedimiento Especial Sancionador: los cuales deben ser expeditos y se instauran por faltas cometidas dentro de los
procesos electorales.
Fuente oficial: consultar publicación
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