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Modo: Corpus Pro

Código Electoral para el Estado de Coahuila de Zaragoza

Artículo 393

Ordenamiento: Código Electoral para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Ámbito: Coahuila
Última reforma: 2026-09-08

Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 393.

1. Para asegurar el desempeño profesional de las actividades del Instituto, su funcionamiento se regulará mediante lo

establecido en el Estatuto del Servicio Profesional Electoral emitido por el Instituto Nacional. La objetividad y la imparcialidad

que en los términos de la Constitución General orientan la función estatal de organizar las elecciones serán los principios

para la formación de los miembros del servicio.

133

CAPÍTULO PRIMERO

DE LOS ÓRGANOS DE VIGILANCIA

Fuente oficial: consultar publicación

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