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Código Electoral para el Estado de Coahuila de Zaragoza

Artículo 394

Ordenamiento: Código Electoral para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Ámbito: Coahuila
Última reforma: 2026-09-08

Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 394.

(REFORMADO,

1. El Instituto, para su vigilancia, contará con una Contraloría interna, que gozará de autonomía técnica y de gestión, su titul ar

durará en su encargo seis años con la posibilidad de ser ratificado por otro periodo igual; estará adscrito administrativamente

al Consejo General, y mantendrá la coordinación técnica con la Auditoría Superior del Estado de Coahuila.

2. La Contraloría Interna es el órgano de control interno del Instituto que tendrá a su cargo la fiscalización de los ingresos y

egresos del Instituto.

(REFORMADO,

3. El o la titular de la Contraloría será denominado “Contralora Interna” o “Contralor Interno” y tendrá un nivel jerárquico

equivalente al de titular de la Dirección Ejecutiva.

4. La Contraloría contará con la estructura orgánica, personal y recursos que apruebe el Consejo General a propuesta de su

titular, atendiendo en todo caso a la disponibilidad presupuestaria.

5. En su desempeño, la Contraloría se sujetará a los principios de imparcialidad, legalidad, objetividad, certeza, honestidad,

exhaustividad y transparencia.

Fuente oficial: consultar publicación

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