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Código Electoral para el Estado de Coahuila de Zaragoza

Artículo 436

Ordenamiento: Código Electoral para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Ámbito: Coahuila
Última reforma: 2026-09-01

Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 436.

1. Corresponde al Pleno:

152

a) Conocer y resolver los asuntos de su competencia que este Código, el Reglamento Interior y demás disposiciones

aplicables le confieran;

b) Autorizar la celebración de convenios de colaboración con otros tribunales, instituciones y autoridades;

(REFORMADO,

c) Calificar y resolver sobre los impedimentos, las recusaciones y las excusas de las Magistradas y Magistrados del Tribunal

Electoral, en los asuntos de su respectiva competencia;

(REFORMADO,

d) Elegir de entre las magistraturas que lo integran, a quien ocupará la Presidencia del Tribunal Electoral;

(REFORMADO,

e) Designar, suspender o remover a la Secretaria o Secretario General de Acuerdo y Trámite, previa propuesta que realice

la Magistrada o Magistrado Presidente;

(REFORMADO, 01 DE OCTUBRE DE 2020)

f) Designar al personal del Tribunal Electoral, en los términos de las disposiciones aplicables y acordar lo relativo a su

promoción, ascenso, suspensión, remoción, licencias, renuncias y vacaciones; salvo aquellas que de acuerdo con este

mismo Código y/o el Reglamento Interior sean facultad de la Presidencia del Tribunal. Las Coordinaciones de Ponencia

y las Secretarías de Estudio y Cuenta “A” y “B” serán designadas por las correspondientes Magistraturas a las que hayan

de estar adscritos, cumpliendo con los requisitos que dispongan este Código y el Reglamento Interior;

g) Designar al personal jurisdiccional y administrativo que se haga acreedor a recibir estímulos y recompensas;

(REFORMADO, 01 DE OCTUBRE DE 2020)

h) Conceder licencias al personal de su adscripción, con goce de sueldo o sin él, de más de treinta días. Toda solicitud de

licencia requiere causa justificada y las de las Secretarías, Coordinaciones de Ponencia y las Secretarías de Estudio y

Cuenta “A” y “B”, además, autorización de la magistratura a la que estén adscritas;

(REFORMADO,

i) Conceder las licencias temporales de las Magistradas y de los Magistrados que no excedan de tres meses;

j) Presentar iniciativas ante el Congreso del Estado, en materia de administración de justicia y codificación electoral;

(REFORMADO,

k) Expedir y modificar el Reglamento Interior y demás acuerdos generales para regular su organización y funcionamiento

interno, así como los lineamientos para el desahogo de los procedimientos sancionadores por las infracciones en las

que incurran las magistradas y los magistrados electorales y el personal jurisdiccional y administrativo adscrito al Tribunal

Electoral;

(REFORMADO,

l) Discutir, aprobar y modificar el Proyecto de Presupuesto Anual de Egresos que corresponda a propuesta de la

Presidencia del Tribunal Electoral;

m) Determinar anualmente el Calendario Oficial del Tribunal Electoral;

n) (DEROGADO,

o) Aprobar los lineamientos para el servicio profesional de carrera de conformidad con lo establecido en el Reglamento

Interior;

(REFORMADO, 01 DE OCTUBRE DE 2020)

p) Aprobar las jubilaciones, pensiones o haberes del retiro, liquidaciones por servicios prestados, de las Magistradas,

Magistrados y demás personal del Tribunal Electoral, de conformidad con el presupuesto del mismo y lo previsto en el

Reglamento Interior y demás disposiciones aplicables;

q) Crear el Fondo para el Mejoramiento de la Administración de la Justicia de acuerdo con lo previsto en el Reglamento

Interior y leyes aplicables;

153

(REFORMADO, 01 DE OCTUBRE DE 2020)

r) Crear un Fondo o Fideicomiso de retiro para las Magistraturas, Coordinaciones de Ponencia, Secretarías de Acuerdo y

Trámite y Estudio y Cuenta “A” y “B” de conformidad con el presupuesto y demás leyes aplicables;

s) Conocer y resolver, en el ámbito de su competencia y conforme al Reglamento Interior y las disposiciones aplicables,

los procedimientos de responsabilidad administrativa;

(REFORMADO,

t) Autorizar los informes de rendición de cuentas y gestión financiera del Tribunal Electoral que les presente el Contralor

Interno o en su caso la Magistrada o Magistrado Presidente, a fin de cumplir con las obligaciones y términos previstos

en Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior del Estado de Coahuila de Zaragoza y demás normatividades

aplicables;

u) Ordenar las medidas necesarias a quien corresponde conforme a lo establecido en el Reglamento Interior a fin de cumplir

con las obligaciones necesarias en materia de acceso a la información que previenen las leyes de la materia.

(REFORMADO,

v) Implementar el Sistema de Justicia Electoral Digital para la presentación, sustanciación y resolución de los medios de

impugnación y asuntos sobre los que tiene competencia;

(ADICIONADA,

w) Reglamentar el uso de Inteligencia Artificial y tecnologías que permitan mejorar la impartición de justicia;

(REFORMADO, . 01 DE OCTUBRE DE 2020)

x) Emitir opiniones consultivas o acciones declarativas relacionadas con el principio de certeza en materia político-electoral,

las cuales podrán ser solicitadas por la ciudadanía coahuilense, partidos políticos o cualquier autoridad en el Estado,

siempre que la cuestión jurídica sea relevante y trascendente.

La interpretación del Tribunal será vinculante para los partidos políticos y el Instituto, así como a las autoridades estatales

y la ciudadanía que se ubique en la hipótesis jurídica en cuestión.; y

(REFORMADO, . 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023)

y) Aprobar las condiciones generales de trabajo y los lineamientos para el otorgamiento de compensaciones económicas

por jornadas extraordinarias laboradas en virtud del desarrollo de los procesos electorales, al personal de Tribunal,

conforme a su disponibilidad presupuestaria.

(ADICIONADO,

z) Las demás que le confiera este Código u otras disposiciones legales aplicables.

CAPITULO QUINTO

DE LAS SESIONES

(REFORMADO,

Fuente oficial: consultar publicación

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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (reforma publicada en el DOF el 2026-09-01)

Artículo 436.

1. Corresponde al Pleno:

a) Conocer y resolver los asuntos de su competencia que este Código, el Reglamento Interior y demás disposiciones

aplicables le confieran;

b) Autorizar la celebración de convenios de colaboración con otros tribunales, instituciones y autoridades;

c) Calificar y resolver sobre los impedimentos, las recusaciones y las excusas de los magistrados del Tribunal Electoral,

en los asuntos de su respectiva competencia;

(REFORMADO,

d) Elegir de entre las magistraturas que lo integran, a quien ocupará la Presidencia del Tribunal Electoral;

(REFORMADO,

e) Designar, suspender o remover a la Secretaria o Secretario General de Acuerdo y Trámite, previa propuesta que realice

la Magistrada o Magistrado Presidente;

(REFORMADO, O. 01 DE OCTUBRE DE 2020)

f) Designar al personal del Tribunal Electoral, en los términos de las disposiciones aplicables y acordar lo relativo a su

promoción, ascenso, suspensión, remoción, licencias, renuncias y vacaciones; salvo aquellas que de acuerdo con este

mismo Código y/o el Reglamento Interior sean facultad de la Presidencia del Tribunal. Las Coordinaciones de Ponencia

y las Secretarías de Estudio y Cuenta “A” y “B” serán designadas por las correspondientes Magistraturas a las que hayan

de estar adscritos, cumpliendo con los requisitos que dispongan este Código y el Reglamento Interior;

g) Designar al personal jurisdiccional y administrativo que se haga acreedor a recibir estímulos y recompensas;

(REFORMADO, . 01 DE OCTUBRE DE 2020)

h) Conceder licencias al personal de su adscripción, con goce de sueldo o sin él, de más de treinta días. Toda solicitud de

licencia requiere causa justificada y las de las Secretarías, Coordinaciones de Ponencia y las Secretarías de Estudio y

Cuenta “A” y “B”, además, autorización de la magistratura a la que estén adscritas;

i) Conceder las licencias temporales de los magistrados que no excedan de tres meses;

j) Presentar iniciativas ante el Congreso del Estado, en materia de administración de justicia y codificación electoral;

k) Expedir y modificar el Reglamento Interior y demás acuerdos generales para regular su organización y funcionamiento

interno, así como los lineamientos para el desahogo de los procedimientos sancionadores por las infracciones en las

que incurran los magistrados electorales y el personal jurisdiccional y administrativo adscrito al Tribunal Electoral;

(REFORMADO,

l) Discutir, aprobar y modificar el Proyecto de Presupuesto Anual de Egresos que corresponda a propuesta de la

Presidencia del Tribunal Electoral;

m) Determinar anualmente el Calendario Oficial del Tribunal Electoral;

n) Conocer y resolver los conflictos o diferencias laborales entre el Tribunal Electoral y sus servidores, así como de los

servidores del Instituto;

o) Aprobar los lineamientos para el servicio profesional de carrera de conformidad con lo establecido en el Reglamento

Interior;

(REFORMADO,

p) Aprobar las jubilaciones, pensiones o haberes del retiro, liquidaciones por servicios prestados, préstamos o créditos de

las magistradas, magistrados y demás personal del Tribunal Electoral, de conformidad con el presupuesto del mismo y

lo previsto en el Reglamento Interior y disposiciones aplicables;

150

q) Crear el Fondo para el Mejoramiento de la Administración de la Justicia de acuerdo con lo previsto en el Reglamento

Interior y leyes aplicables;

(REFORMADO, . 01 DE OCTUBRE DE 2020)

r) Crear un Fondo o Fideicomiso de retiro para las Magistraturas, Coordinaciones de Ponencia, Secretarías de Acuerdo y

Trámite y Estudio y Cuenta “A” y “B” de conformidad con el presupuesto y demás leyes aplicables;

s) Conocer y resolver, en el ámbito de su competencia y conforme al Reglamento Interior y las disposiciones aplicables,

los procedimientos de responsabilidad administrativa;

(REFORMADO,

t) Autorizar los informes de rendición de cuentas y gestión financiera del Tribunal Electoral que les presente el Contralor

Interno o en su caso la Magistrada o Magistrado Presidente, a fin de cumplir con las obligaciones y términos previstos

en Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior del Estado de Coahuila de Zaragoza y demás normatividades

aplicables;

u) Ordenar las medidas necesarias a quien corresponde conforme a lo establecido en el Reglamento Interior a fin de cumplir

con las obligaciones necesarias en materia de acceso a la información que previenen las leyes de la materia.

(REFORMADO,

v) Implementar el Sistema de Justicia Electoral Digital para la presentación, sustanciación y resolución de los medios de

impugnación y asuntos sobre los que tiene competencia;

(ADICIONADA,

w) Reglamentar el uso de Inteligencia Artificial y tecnologías que permitan mejorar la impartición de justicia;

(REFORMADO, .O. 01 DE OCTUBRE DE 2020)

x) Emitir opiniones consultivas o acciones declarativas relacionadas con el principio de certeza en materia político-electoral,

las cuales podrán ser solicitadas por la ciudadanía coahuilense, partidos políticos o cualquier autoridad en el Estado,

siempre que la cuestión jurídica sea relevante y trascendente.

La interpretación del Tribunal será vinculante para los partidos políticos y el Instituto, así como a las autoridades estatales

y la ciudadanía que se ubique en la hipótesis jurídica en cuestión.; y

(ADICIONADO,

y) Las demás que le confiera este Código u otras disposiciones legales aplicables.

CAPITULO QUINTO

DE LAS SESIONES

(REFORMADO,

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