Código Electoral para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Artículo 443
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 443.
1. Cuando la Contraloría encuentre responsabilidades administrativas atribuibles a cualquiera de los magistrados del Tribunal
Electoral, integrará el expediente y lo remitirá de inmediato a la Presidencia de la Cámara de Senadores para los efectos
conducentes.
(ADICIONADO,
LIBRO OCTAVO
DEL PROCESO PARA LA ELECCIÓN DE CARGOS DE PERSONAS MAGISTRADAS O JUZGADORAS DEL PODER
JUDICIAL DEL ESTADO
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
154
Fuente oficial: consultar publicación
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis