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Modo: Corpus Pro

Código Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave

Artículo 17 Bis

Ordenamiento: Código Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave · Ámbito: Veracruz
Última reforma: 2026-09-28

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 17 Bis. Los pueblos y comunidades indígenas u originarios y afromexicanos tienen derecho

a elegir, en los municipios en los que se encuentren asentados, de acuerdo con sus principios,

normas, procedimientos, prácticas tradicionales y usos y costumbres, a sus representantes ante los

Ayuntamientos, así como a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias

de gobierno interno, garantizando la participación de hombres y mujeres en condiciones de igualdad,

de acuerdo con el principio de paridad de género, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2º

de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de manera gradual.

(ADICIONADO, G.O. 19 DE JUNIO DE 2023)

Fuente oficial: consultar publicación

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