Corpus
Modo: Corpus Pro

Código Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave

Artículo 279

Ordenamiento: Código Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave · Ámbito: Veracruz
Última reforma: 2026-09-28

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 279 . Una vez que s e cumplan los requisitos establecidos, se solicitará el apoyo de la

Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del Instituto Nacional Electoral, para proceder

a verificar que se haya reunido el porcentaje de apoyo ciudadano que corresponda según la elección

de que se trate, constatando que los ciudadanos aparecen en la lista nominal de electores.

Las firmas no se computarán para los efectos del porcentaje requerido cuando se presente alguna

de las siguientes circunstancias:

I. Nombres con datos falsos o erróneos;

II. No se acompañen las copias de la credencial para votar vigente;

III. En el caso de candidatos a Gobernador, los ciudadanos no tengan su domicilio en el Estado;

IV. En el caso de candidatos a Diputados locales, los ciudadanos no tengan su domicilio en el distrito

para el que se está postulando;

V. En el caso de candidatos a Presidentes Municipales o Síndicos, los ciudadanos no tengan su

domicilio en el municipio para el que se está postulando;

VI. Los ciudadanos hayan sido dados de baja de la lista nominal;

VII. En el caso que se haya presentado por una misma persona más de una manifestación a favor

de un mismo aspirante, sólo se computará una; y

VIII. En el caso que una misma persona haya presentado manifestación en favor de más de un

aspirante, sólo se computará la primera manifestación presentada.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 278Índice de la leyArt. 280 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.