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Código Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave

Artículo 3

Ordenamiento: Código Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave · Ámbito: Veracruz
Última reforma: 2026-09-28

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 3. Son derechos de los ciudadanos:

I. Votar y ser votados en las elecciones locales para ocupar los cargos públicos de elección popular;

II. Participar en los procedimientos de plebiscito y referendo;

III. Constituir organizaciones políticas y afiliarse libremente a ellas;

IV. Participar como observadores electorales;

V. Estar informados de las actividades que lleven a cabo sus representantes políticos; y

VI. Los demás que establezcan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la

Constitución Política del Estado, este Código y las demás leyes aplicables.

Fuente oficial: consultar publicación

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