Código Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
Artículo 76
Vigencia verificada: 26 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 76. La metodología, costos, personas responsables y resultados de las
encuestas o sondeos serán difundidas por el Instituto Electoral Veracruzano en
su página de Internet.
CAPÍTULO VII
De los Gastos de Campaña
(REFORMADO, G.O.E. 20 DE ENERO DE 2025)
Fuente oficial: consultar publicación
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Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-28)
Artículo 76. La metodología, costos, personas responsables y resultados de las encuestas o sondeos
serán difundidas por el Instituto Electoral Veracruzano en su página de Internet.
CÓDIGO ELECTORAL PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
H. CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ
Secretaría General
Coordinación de Investigaciones Legislativas
Última Actualización
20 DE ENERO DE 2025
CAPÍTULO VII
De los Gastos de Campaña
(REFORMADO, PRIMER PÁRRAFO; G.O. 20 DE ENERO DE 2025)
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