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Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí · Titulo OCTAVO — DE LA PATERNIDAD Y FILIACION · Capitulo VI — De la Adopción

Artículo 257

Ordenamiento: Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí · Ámbito: San Luis Potosí
Última reforma: 2026-05-20

Vigencia verificada: 18 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTICULO 257. En el caso del último párrafo del artículo que antecede, la autoridad judicial podrá

dispensar la ratificación del consentimiento de las personas que debieran otorgarlo, si por alguna

razón existiere grave dificultad para recabarlo y esto resulte en perjuicio del menor.

(REFORMADO EN EL P.O. DEL EDO. EL 14 OCTUBRE 2022)

Fuente oficial: consultar publicación

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