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Modo: Corpus Pro

Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos

Artículo 225 Bis

Ordenamiento: Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-07-22

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO *225 Bis.- REGISTRO DE PERSONAS A CARGO DE LA GUARDA Y

CUSTODIA. Se crea el Registro de Personas a cargo de la guarda y custodia de

niñas, niños y adolescentes del Tribunal Superior de Justicia, en que se harán las

inscripciones a que se refiere el artículo 222 Bis del presente Código.

Dicho registro deberá contener:

I.- Nombre, apellidos y Clave Única del Registro de Población de la Persona a

cargo de la guarda y custodia de niñas, niños y adolescentes;

II.- Nombre apellidos y Clave Única del Registro de Población de la niñas, niños

y adolescentes, y

III.- Datos del juicio en el que se estableció la guarda y custodia;

NOTAS:

REFORMA VIGENTE. - Adicionado por ARTÍCULO ÚNICO del Decreto No. 536, publicado en el

01. Vigencia:

2026/01/01.

Fuente oficial: consultar publicación

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