Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Artículo 42
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO *42.- Derogado.
NOTAS:
REFORMA VIGENTE. - Derogado por artículo único del Decreto No. 2238 publicado en el
2017/11/30.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- REVISION. (s/clave)
- REVISION. (s/clave)
- DEROGACION DE LAS LEYES. (s/clave)
- REVISION. (s/clave)
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